Ruta

Reglamentación Agencias de Viaje

Rutas Escondidas está inscrita en el Instituto Nicaragüense de Turismo INTUR), con el Número de Licencia INTUR 260712-OV-1021QJ
La actividad se regula en la Ley General de Turismo, Ley 495 aprobada el 2 de julio de 2004. Y el Reglamento a la Ley General de Turismo, Decreto nº 129-2004, aprobado el 19 de noviembre de 2004 de la Asamblea Nacional de Nicaragua.

Organización

La organización técnica de estos viajes corre a cargo de la Agencia de Viajes Rutas Escondidas S.A, con domicilio en Managua, De Monte de los Olivos 20 varas al oeste. En colaboración con otras agencias de viaje nacionales y/o extranjeras, proveedores de servicios turísticos y compañías aéreas.

Inscripciones

En el momento de hacer la reserva se tendrá que abonar el 20% del importe del viaje. Las plazas no se considerarán firmemente comprometidas si no se ha efectuado previamente el depósito correspondiente. El resto del importe se abonará en el momento en que la Rutas Escondidas S.A. lo solicite y en todo caso 20 días antes de la salida prevista. En caso contrario, la plaza se considera anulada.


Los viajes a medida y en ocasiones especiales que se tengan que emitir con antelación los billetes de avión, Rutas Escondidas S.A. podrá solicitar el 100% del importe total del billete de avión en concepto de entrega a cuenta. En cada caso se le notificará al cliente antes de la emisión del billete para su aceptación.

Elaboración de condiciones específicas

Rutas Escondidas S.A. pondrá a disposición del cliente, junto con la oferta de viaje, todas las condiciones específicas de pago, reserva y cancelación de cada paquete. Siendo éstas las generales en las condiciones de contratación de viajes y servicios turísticos establecidas.

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